Matrimonio.
Ley que extiende el plazo para la inscripción del matrimonio religioso ante el Registro Civil, fue publicada en el Diario Oficial.
Amplía el plazo de inscripción de 8 a 15 días, y además permite que dicha inscripción se realice a través de un mandatario especialmente facultado para este efecto por los contrayentes.

Con fecha 19 de junio de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.676, que modifica la ley 19.947, para extender el plazo para la inscripción del matrimonio religioso ante el Registro Civil.
La ley, iniciada por moción de las diputadas Mercedes Bulnes, Ximena Ossandón y Chiara Barchiesi; y de los diputados Miguel Ángel Calisto, Christian Matheson, Roberto Arroyo, Andrés Jouannet, Raúl Leiva, Cristián Araya y Stephan Schubert, busca facilitar a los contrayentes el cumplimiento de los requisititos exigidos para reconocer efectos civiles al matrimonio religioso.
Cabe recordar que antes de la vigencia de la presente ley, los contrayentes contaban con el término de 8 días de plazo para ratificar el consentimiento ante el oficial del registro civil, por lo que la práctica de inscripción del matrimonio religioso es muy escasa.
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