Diario Constitucional

Acogió reclamación de la Municipalidad de PAC contra la SMA.

Segundo Tribunal Ambiental concluyó que proyecto de recuperación del ex vertedero La Feria no debe ingresar a evaluación ambiental.

A juicio del Tribunal, no se configura en este caso el requisito basal para efectuar un requerimiento de ingreso al SEIA, a saber, la existencia de un proyecto, toda vez que el proyecto de titularidad de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda estaba asociado al convenio suscrito con la Fundación Circular, el cual -desde 2021- no está vigente.

Por Redacción·31 de octubre de 2024·6 min de lectura
Imagen: SMA
Referencial

El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que requirió – bajo apercibimiento de sanción- el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) del proyecto de recuperación de parte de los terrenos del ex vertedero La Feria.

“A juicio del Tribunal, no se configura en este caso el requisito basal para efectuar un requerimiento de ingreso al SEIA, a saber, la existencia de un proyecto, toda vez que el proyecto de titularidad de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda estaba asociado al convenio suscrito con la Fundación Circular, el cual -desde 2021- no está vigente. De esta forma, la SMA, al efectuar, mediante la resolución reclamada, el requerimiento de ingreso sin existir proyecto incurrió en una ilegalidad, al vulnerar el artículo 3° literal i) de la LOSMA”, concluye la sentencia.

El fallo ambiental anuló la resolución de la SMA y le ordenó al ente fiscalizador dictar una nueva, que dé cuenta de los aspectos razonados en la sentencia.

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