Con vigencia diferida.
Ley que regula la realización de funerales de riesgo, fue publicada en el Diario Oficial.
Regula la realización de funerales en los que existan circunstancias que representen fundadamente un riesgo para la seguridad y el orden público, estableciendo un procedimiento, las medidas de control y las sanciones para los delitos cometidos con ocasión de ellos, disponiendo, asimismo, la modificación de otros cuerpos legales.

Con fecha 25 de noviembre de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.717, que establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales.
Iniciada por mensaje del Presidente Boric, la ley tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de eventos delictivos y de actos de violencia e inseguridad social asociados a funerales de riesgo, y optimizar los recursos humanos y económicos que las policías asignan para resguardar y fiscalizar este tipo de funerales.
Para el logro de su objetivo, la ley regula la realización de funerales en los que existan circunstancias que representen fundadamente un riesgo para la seguridad y el orden público, estableciendo un procedimiento, las medidas de control y las sanciones para los delitos cometidos con ocasión de ellos, disponiendo, asimismo, la modificación de otros cuerpos legales.
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