Opinión.
La batalla legal por las banderas LGTB en instituciones españolas llegará a Europa, por Nicolás de Cárdenas.
Según detalla el Tribunal Supremo, el ponente de las sentencias “no aprecia impedimento” a la exhibición de la bandera multicolor característica del lobby LGBT “porque ni se colocó para sustituir o subordinar a ella a las banderas y enseñas oficiales, ni es un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna ningún tipo de enfrentamiento”.

La Fundación Española de Abogados Cristianos llevará al Tribunal Europeo de Derechos Humanos el caso de la presencia de las banderas LGTB en los edificios públicos después de una sentencia del Tribunal Supremo español que permite su exhibición.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido que la colocación de la enseña multicolor del lobby LGTB en las dependencias institucionales no vulnera “la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, ni los principios de objetividad y de neutralidad de las Administraciones Públicas”.
Con este criterio se han resuelto dos recursos contra sentencias contradictorias referentes a la exhibición de la enseña multicolor con motivo de la celebración del llamado Día del Orgullo LGTB cada 28 de junio, en la Diputación Provincial de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza.
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