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viernes 25 de abril de 2025

Camila Polizzi: Corte de Apelaciones de Concepción ordena a medios eliminar imágenes de sus hijas.

El tribunal determinó que los medios que difundieron imágenes de las menores deberán eliminarlas de todas sus plataformas y archivos, en resguardo de sus derechos fundamentales.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección interpuesto en favor de las hijas de Camila Polizzi, afectadas por la difusión de sus imágenes en el marco de la cobertura del denominado caso Convenios. En un fallo unánime, el tribunal determinó que los medios de comunicación responsables deberán eliminar las imágenes de las menores de todas sus plataformas digitales y archivos físicos.

La decisión del tribunal se basó en la vulneración de los derechos fundamentales de las niñas, quienes fueron expuestas de manera injustificada en los medios. La Corte estableció que la grabación y difusión de las imágenes constituía un acto arbitrario e ilegal, al no tener relación con el hecho noticioso que se estaba cubriendo.

El fallo subraya que «la libertad de información no puede ejercerse con absoluta prescindencia de otros derechos» y señala que los medios involucrados expusieron a las hijas de la imputada sin que ello tuviera justificación. En este sentido, el tribunal insistió en que «el hecho noticioso debe ser cubierto e informado en su esencia, sin necesidad de afectar a terceros, y en ningún caso afectar a niños, niñas y adolescentes».

Asimismo, se hizo énfasis en que el principio del interés superior de los menores está consagrado tanto en la legislación nacional como en tratados internacionales suscritos por Chile. El tribunal recordó que profesionales del área de la información deben respetar las disposiciones legales vigentes, especialmente la Ley 21.430, que protege los derechos de los menores.

Como parte de la resolución, se ordenó a los medios de comunicación responsables eliminar las imágenes de las hijas de Camila Polizzi tanto de redes sociales como de cualquier otro medio de almacenamiento digital o físico. Además, los medios deberán informar sobre el cumplimiento de esta medida en un plazo de 15 días hábiles desde que la sentencia quede firme.

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