15.6 C
Santiago
jueves 24 de abril de 2025
Deben usarse con fines públicos legítimos.

Contraloría aclaró obligaciones de rendición de gastos reservados del Ministerio del Interior.

El organismo fiscalizador precisó que la Subsecretaría del Interior debe informar semestralmente al Ministro sobre el uso de estos fondos.

La Contraloría General de la República emitió un pronunciamiento aclarando el alcance del artículo 4° de la ley N° 19.863 sobre gastos reservados, en respuesta a una consulta del diputado Tomás Lagomarsino.

Los principales puntos son:

– La Subsecretaría del Interior debe «informar por escrito» semestralmente al Ministro del Interior y Seguridad Pública sobre el uso de los gastos reservados.

– Esta información debe tener carácter secreto y contener antecedentes suficientes para que el Ministro pueda verificar el uso correcto de los fondos.

– No se trata de una rendición de cuentas formal, sino de un deber de información.

– El informe debe permitir comprobar que los recursos se utilizaron conforme a la ley y para los fines públicos autorizados.

El dictamen precisa que, si bien los gastos reservados tienen un tratamiento especial, «no escapan fundamentalmente a las reglas que rigen en general a todos los egresos públicos», debiendo estar previstos en el presupuesto y usarse con fines públicos legítimos.

Este pronunciamiento busca reforzar los mecanismos de control sobre el uso de fondos reservados, manteniendo su carácter secreto, pero asegurando que se destinen a los fines legales establecidos.

 

Vea texto de Dictamen Nº E34059N25.

 

 

 

Te puede Interesar

Destacamos

Últimas noticias

Lo más leido

Videos