Contraria al principio
Corte Constitucional italiana declara inconstitucional la discriminación de género en concursos policiales.
Elimina distinción entre hombres y mujeres para puestos de inspector en el Cuerpo de Policía Penitenciaria.

La Corte Constitucional de Italia declaró inconstitucionales varias disposiciones legales que establecían una distinción entre hombres y mujeres en los concursos para inspectores del Cuerpo de Policía Penitenciaria.
La acción del Consejo de Estado se encaminó a alinear la normativa italiana con los principios de igualdad y no discriminación promovidos por la Unión Europea en materia laboral.
El organismo argumentó que la distinción por género en estos concursos no se justifica por los requisitos esenciales del servicio; resulta arbitraria considerando las funciones de los inspectores que no son exclusivamente «operativas» y carece de justificación razonable. Por lo pronto, sostuvo que contradicen el artículo 117.1 de la Constitución italiana, que exige respetar las limitaciones del ordenamiento comunitario europeo, van en contra de diversas normativas europeas sobre igualdad de trato y no discriminación, entre otras, el artículo 3.2 del Tratado de la Unión Europea y artículos 21 y 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, como también, vulneran el principio constitucional de igualdad (art. 3.1, Constitución italiana).
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