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martes 20 de mayo de 2025
Opinión.

Acceso a información de interés público ambiental: un camino para develar la relación de la deforestación con las cadenas de suministro, por Natalia Escobar, Carlos Olaya y Sofía Villalba.

La Corte Constitucional emitió una sentencia que busca asegurar el acceso a la información en las cadenas de suministro y prevenir la deforestación ¿En qué consiste y cuáles son sus efectos?

En una reciente publicación del medio agendaestadoderecho.com se da a conocer el artículo Acceso a información de interés público ambiental: un camino para develar la relación de la deforestación con las cadenas de suministro, por Natalia Escobar, Carlos Olaya y Sofía Villalba.

En Colombia la deforestación del bosque amazónico continúa y, a pesar que existe una reducción de las áreas transformadas en los últimos tres años, el control de la ganadería en áreas de importancia ambiental sigue siendo uno de los desafíos más importantes que enfrenta el país para contenerla. La falta de articulación entre  los sectores agropecuario y ambiental, junto con la trazabilidad incompleta de la cadena de suministro son algunas de las causas de esta problemática. En ambos casos, el acceso a la información sigue siendo un obstáculo sin resolver.

En el presente artículo exponemos una de las dimensiones del problema: las barreras para el acceso a información ambiental en manos de particulares y presentamos la reciente Sentencia de la Corte Constitucional T-534 de 2024, que abre una vía judicial para avanzar en la materia.

Comercialización opaca: una barrera para desentrañar los rastros de la deforestación en la cadena de suministro

Rastrear el origen de la carne para establecer su conexión, o no, con la deforestación amazónica, constituye un reto para las entidades de control y la ciudadanía, dada la escasez de datos relevantes, confiables e integrados y la falta de claridad sobre las responsabilidades en la producción y publicidad de la información. En este contexto, son los particulares, en especial las grandes comercializadoras de carne, quienes poseen una menor regulación en los estándares de transparencia de la información, a pesar de tener a su cargo la gestión de la proveeduría y la responsabilidad de implementar acciones para controlarla.

Al igual que otros países latinoamericanos, Colombia no posee una ley que imponga la obligación a las empresas de realizar debida diligencia de sus procesos, y aunque la adopción de regulaciones más estrictas a la importación de alimentos por parte de países europeos (Reglamento (UE) 2023/1115) han impulsado la creación de mercados de ganadería sostenible e iniciativas de certificación privada, todas ellas son de carácter voluntario. En contraste, la mayoría de los particulares limitan el acceso a esta información amparándose en el secreto comercial o se escudan en no estar obligados a su divulgación por ser actores privados.

Esta reserva invocada pocas veces es motivada, impidiendo al solicitante comprender por qué información como proveeduría y origen del producto es clasificada como secreta y mucho menos cómo cumple con los requisitos establecidos por el marco regulatorio dispuesto en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina para que se configure un secreto comercial. Esto ha contribuido a que la deforestación amazónica se reproduzca en la opacidad y con desconocimiento de su capacidad de filtración de mercados legales.

El acceso a información de interés público ambiental: un camino para avanzar frente al secreto comercial

Ante la falta de otros mecanismos que permitan a la ciudadanía acceder a la información de interés público ambiental de privados y conocer sus prácticas de debida diligencia, se recurre al derecho de petición ante particulares. No obstante, existen al menos dos vacíos jurídicos que limitan la aplicación efectiva de este derecho: de un lado, no existe claridad plena sobre el tipo de información que están obligados a entregar y, por otro, la justificación de las empresas para negar las solicitudes aludiendo al secreto comercial.

El artículo 32 de la Ley 1755 de 2015 establece que las personas pueden elevar peticiones a los privados cuando se refieren a la garantía de derechos fundamentales. En ese sentido, si la solicitud de información busca garantizar el derecho a un medio ambiente sano, debería ser entregada, pero esto ha sido discutido por las empresas comercializadoras y los jueces constitucionales de primera instancia.

La Corte Constitucional se pronunció en la Sentencia T-534 de 2024 frente al caso de un supermercado que se negó a proporcionar a un periodista datos sobre sus prácticas sostenibles y las medidas implementadas para mitigar la deforestación en su cadena de suministro. En el fallo determinó que existen elementos suficientes para establecer que la actividad ganadera es un asunto de interés público al ser uno de los principales factores de deforestación y cambio climático que constituye una amenaza del derecho a un ambiente sano.

Asimismo, determinó que la ubicación de proveedores, procesos de trazabilidad, estrategias de protección forestal, detalles del origen de la carne y acciones para evitar productos provenientes de zonas protegidas no son secreto comercial, ya que no otorgan una ventaja competitiva y constituyen información de interés público.

Regulación ambiental vía judicial: avances y limitantes para la contención a la deforestación

Además de las reglas establecidas por la sentencia T-534 de 2024 sobre el derecho de petición y el interés público ambiental, en Colombia existen otras apuestas por cerrar las brechas de información ambiental sobre las cadenas ganaderas. Primero, están los acuerdos cero-deforestación. Son convenios públicos privados entre las instituciones públicas, gremios, empresas y organizaciones de la sociedad civil para construir sistemas de trazabilidad einstrumentos de información, verificación y certificación para cerciorarse que las cadenas estén libres de deforestación. Por otro lado, está el Proyecto de Ley 009 de 2022, una propuesta legislativa en la que, además de proponer que dichos mecanismos de trazabilidad estén a cargo de las instituciones públicas, busca establecer la obligación de debida diligencia para los eslabones de transformación y exportación de la carne.

Sin embargo, la vía judicial, de la sentencia T-534 es, por ahora, la alternativa más esperanzadora para volver transparente la información ambiental sobre las cadenas de suministro, si vemos los problemas que tienen la vía política y legislativa.

Por un lado, los acuerdos cero-deforestación no contienen sanciones, más allá del costo reputacional que tengan las empresas frente a los consumidores por no participar o no cumplir con ellos. Pero en Colombia aún no existe un movimiento de consumidores exigiendo activamente dicha transparencia. A pesar de algunos casos en donde se ha demostrado que se ha vendido carne deforestadora (como el caso del Grupo Éxito), no han habido grandes movilizaciones de los consumidores para exigir transparencia. A esto se suma el ritmo lento en que los acuerdos se están ejecutando. Por su parte, el Proyecto de Ley 261 aún se encuentra cursando el proceso de decisión del Congreso y, aunque sea aprobado, el texto restringe la obligatoriedad de debida diligencia (y por ende de transparencia) sólo a ciertos eslabones de la cadena.

Por ende, ante los bloqueos políticos, la vía judicial se vuelve en la vía más provechosa en la coyuntura reciente, toda vez que precisa un estándar respecto al secreto comercial y reconoce el carácter de interés público de la información. Lo que no quiere decir que no tenga sus defectos. Estos residen, de un lado, en que la sentencia T-534 apenas abre una posibilidad de exigencia de transparencia, mediante derechos de petición y en caso particular de periodistas, por lo que su efectividad dependerá de la presión que se haga desde la sociedad civil, más no de una obligación general que obligue a las instituciones a ser transparentes de oficio.

Además, esta no se pronunció sobre el carácter ambiental de la información, lo que deja un vacío aún sobre el vínculo que tienen problemas como éste con la implementación de estándares reforzados como los que  introduce el Acuerdo de Escazú en materia de acceso a información ambiental de particulares.

(*) Socióloga, especialista en planeación territorial y magíster en geografía humana. Ha sido consultora en el sector público durante varios años en temas de ordenamiento territorial, ordenamiento ambiental y desarrollo rural. Actualmente se desempeña como coordinadora de la línea de Justicia Ambiental en Dejusticia.

(**) Abogado y magíster en derecho, con profundización en derecho constitucional, de la Universidad Nacional de Colombia. Es estudiante del Doctorado en Análisis Social y Cultural de la Universidad de Concordia. También ha sido docente en investigación jurídica en el programa de derecho de la Universidad Nacional de Colombia y en la Universidad de los Andes. Actualmente se desempeña como investigador principal en la Línea de tierras y campesinado en Dejusticia.

(***) Estudiante de Derecho en la Universidad Nacional de Colombia y asistente de investigación en el área de Justicia Ambiental. Su trabajo e interés se enfocan en la resolución de controversias internacionales relacionadas con conflictos socioambientales, el derecho del mar, la participación ambiental y el impacto ambiental de las empresas y los derechos humanos. Además es miembro del Grupo de Derechos Colectivos y Ambientales de la UNAL.

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