Desestimó reclamo de ilegalidad contra CPLT.
Corte de Santiago confirma resolución que denegó acceso a información sujeta a “privilegio deliberativo” en relación a un proceso administrativo de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
Para que prospere la causal de reserva invocada deben cumplirse dos requisitos: a) Que la información requerida sea un antecedente o deliberación previa a la adopción de una resolución, medida o política, y b) Que la publicidad, conocimiento o divulgación de dicha información afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano, los que verifican en la especie.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución adoptada por el Consejo para la Transparencia, que negó la solicitud de acceso a información sobre un proceso administrativo de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
En fallo unánime la Séptima Sala del Tribunal de Alzada de Santiago ratificó que la información solicitada por ley de transparencia se encuentra sujeta a causal de reserva o secreto de “privilegio deliberativo”.
El fallo señala que en lo que concierne al reclamo de ilegalidad, la “(…) controversia se centra en determinar si el CPLT, al rechazar el amparo deducido por el recurrente, se ha ajustado o no a la legalidad vigente”.
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