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Santiago
viernes 9 de mayo de 2025
Financiamiento ilícito.

Tribunal peruano condena a 15 años de cárcel al expresidente Ollanta Humala y su cónyuge por lavado de activos.

Se acreditó un uso de fondos ilícitos de procedencia extranjera, supuestamente canalizados a través de mecanismos que no cumplían con los requisitos legales de transparencia y registro. La investigación se desarrolló entre los años 2015 y 2019, y la acusación fue presentada en mayo de este último año.

El Tercer Juzgado Colegiado Nacional de Perú dictó una sentencia condenatoria contra el expresidente Ollanta Humala Tasso, imponiéndole una pena privativa de libertad de 15 años de cárcel, tras hallarlo responsable del delito de lavado de activos. El fallo se funda en la recepción de fondos no declarados por parte de fuentes extranjeras, entre ellas, el gobierno de Venezuela y la empresa Odebrecht, destinados al financiamiento de sus campañas electorales de los años 2006 y 2011.

Asimismo, la Corte dictó sentencia contra Nadine Heredia, cónyuge del exmandatario y ex primera dama, condenándola igualmente a quince años de prisión por el mismo delito. Según la resolución, Heredia habría tenido un rol directivo en las campañas mencionadas, lo que fue considerado en la valoración de su participación penal. De igual manera, Ilán Heredia, hermano de la exprimera dama, recibió una condena de doce años de prisión, al haber sido hallado partícipe del delito.

La sala dispuso la ejecución provisional inmediata de la pena impuesta, por lo que se ordenó el internamiento de los sentenciados en los establecimientos penitenciarios que determine el Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE).

Durante el proceso, que tuvo una duración superior a tres años, el Ministerio Público presentó pruebas sobre un presunto uso de fondos ilícitos de procedencia extranjera con características ilícitas, supuestamente canalizados a través de mecanismos que no cumplían con los requisitos legales de transparencia y registro. La investigación se desarrolló entre los años 2015 y 2019, y la acusación fue presentada en mayo de este último año.

La Corte hizo referencia a la existencia de indicios que configuraban una estructura organizada orientada a legitimar capitales de procedencia irregular, mediante la simulación de aportes y otras prácticas. Según lo declarado, se verificaron contribuciones ficticias y sin respaldo documental. En cuanto a los montos, se señaló que en la campaña de 2006 se habrían recibido alrededor de 1,5 millones de soles, supuestamente provenientes de la embajada de Venezuela en Perú. En la campaña de 2011, el financiamiento atribuido ascendería a aproximadamente 3 millones de dólares, provenientes de la empresa Odebrecht.

Finalmente, se fijó un monto de reparación civil a ser abonado por los condenados, ascendente a unos 2.6 millones de dólares en beneficio del Estado peruano.

“Al señor Ollanta Humala Tasso (se le impone) 15 años de pena privativa de libertad, la misma que debe ser ejecutada de manera provisional, en la que deberá considerarse el período de tiempo en el que fue privado de su libertad, debiendo ser cumplida en el establecimiento penitenciario que el INPE designe”, señala el texto del fallo.

Vea texto de la sentencia.

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