El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Pensilvania acogió parcialmente una solicitud de medida cautelar presentada por un ciudadano venezolano actualmente detenido en un centro de inmigración. El peticionario impugnó la legalidad de una proclamación presidencial emitida por el presidente Donald Trump, en la cual se declaró al grupo conocido como el «Tren de Aragua» como organización terrorista extranjera y se autorizó el uso de la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 (AEA, por sus siglas en inglés) para la expulsión de ciudadanos venezolanos presuntamente vinculados a dicha organización.
En su análisis, el tribunal determinó que la proclamación se encuentra dentro de los márgenes permitidos por la AEA, por lo cual denegó parcialmente la medida solicitada. No obstante, se concedió parcialmente la medida cautelar al considerar que los procedimientos de notificación aplicados por el gobierno no cumplen con los requisitos mínimos de debido proceso. En consecuencia, el tribunal requirió que el Ejecutivo proporcione un aviso con al menos veintiún días de antelación antes de ejecutar una orden de expulsión conforme a dicha proclamación, junto con la oportunidad efectiva de ser oído.
La jueza examinó la aplicabilidad del concepto de «incursión depredadora», término presente en la AEA, y concluyó que el fenómeno migratorio en sí mismo no constituye tal incursión. Asimismo, determinó que la designación de una organización como terrorista extranjera puede considerarse, en determinadas circunstancias, como compatible con dicha definición a efectos de la aplicación de la Ley.
El tribunal también se pronunció sobre la solicitud de certificar una demanda colectiva. Inicialmente, se había emitido una orden de restricción temporal que impedía la deportación del peticionario mientras se resolvía la causa. Sin embargo, mediante resolución posterior, el tribunal denegó la certificación de la clase al estimar que no se cumplía el requisito de numerosidad previsto en las reglas procesales, debido a la ausencia de otros individuos detenidos bajo las mismas circunstancias en el Distrito Oeste de Pensilvania.
Finalmente, el fallo reconoce que otras jurisdicciones federales, incluyendo tribunales en Nueva York y Colorado, han concedido medidas cautelares en procedimientos similares, aunque dichas decisiones permanecen pendientes de resolución definitiva.