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jueves 26 de junio de 2025
Protección del consumidor

Proyecto de ley busca regular volumen de publicidad en medios audiovisuales

Iniciativa propone que anuncios se emitan al mismo nivel sonoro que la programación habitual. Busca equilibrar el derecho de los consumidores a una experiencia auditiva adecuada con los intereses comerciales de los emisores, evitando que se utilicen aumentos artificiales de volumen en mensajes publicitarios práctica que resulta particularmente gravosa para personas convalecientes, adultos mayores o quienes se encuentren en estado de reposo.

La moción, patrocinada por la exsenadora Isabel Allende, propone modificar la Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, a fin de establecer que las comunicaciones promocionales o publicitarias emitidas por servicios de televisión, radio o plataformas digitales utilicen el mismo volumen o decibel que la programación habitual.

Expone que muchas agencias de publicidad elevan artificialmente el volumen de sus anuncios con el fin de captar la atención del público, generando incomodidad en los consumidores. Esta práctica resulta particularmente gravosa para personas convalecientes, adultos mayores o quienes se encuentren en estado de reposo, quienes deben realizar un esfuerzo adicional para ajustar el volumen de sus dispositivos.

El proyecto recoge experiencias internacionales en la materia, como el caso de España, donde la Ley General de Comunicación Audiovisual establece expresamente que el nivel sonoro de las comunicaciones comerciales no puede superar el nivel medio del programa que les precede. Asimismo, menciona los esfuerzos de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Unión Europea de Radiodifusión, que han promovido normas técnicas de unificación sonora a nivel internacional, como la recomendación R128 sobre normalización de sonoridad y nivel máximo de audio.

Connota que a diferencia de dichas jurisdicciones Chile no cuenta con una norma técnica específica que regule este aspecto, ni existen recomendaciones regionales por parte de organismos como la Organización de Telecomunicaciones de Iberoamérica (OTI). En este vacío normativo se enmarca la propuesta de ley, afirma.

En cuanto a las debilidades actuales del sistema, observa que la falta de regulación permite que se mantengan prácticas invasivas y poco amigables para el consumidor, lo que va en contra de los principios de trato digno, información adecuada y no discriminación que sustentan el régimen de protección al consumidor.

Como solución, propone establecer un marco normativo claro que obligue a los emisores a emitir la publicidad en un volumen acorde con el resto del contenido, previniendo así molestias innecesarias. También que en caso de incluir textos en los anuncios, estos tengan características de color, tamaño, velocidad y extensión que aseguren su comprensión.

De lo que se trata es mejorar la calidad de las comunicaciones comerciales en beneficio del consumidor, estableciendo límites al volumen de las publicidades en medios audiovisuales y asegurar condiciones de acceso equitativo a la información.

En cuanto a los objetivos específicos, la iniciativa busca prevenir prácticas agresivas de marketing, proteger especialmente a grupos vulnerables del impacto negativo del sonido excesivo y avanzar en la armonización normativa con estándares internacionales de calidad sonora.

Para ello propone modificar la Ley Nº19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, a fin de agregar inciso final nuevo al artículo 28 B, con el siguiente texto:

“Las comunicaciones promocionales o publicitarias por medios de servicios de radiodifusión sonora y televisiva de libre recepción o por cable, y en las plataformas digitales o internet se emitirán en el volumen o decibel de su programación habitual.”.

La iniciativa, que cumple su primer trámite constitucional, se radicó para su estudio en la Comisión de Comisión de Economía del Senado.

 

Vea texto de moción Boletín Nº 17443-03 y siga su tramitación aquí.

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