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miércoles 25 de junio de 2025
Presunto abuso policial

Bulgaria debe indemnizar a detenido que fue golpeado y atado a cama hospitalaria mientras estaba bajo custodia policial, resuelve el TEDH

No existía ninguna indicación en el expediente de que el demandante hubiese actuado de forma agresiva hacia los agentes o el personal médico, ni que hubiese intentado autolesionarse. En cuanto al riesgo de fuga, no había evidencia de que hubiere intentado abandonar el hospital tras su ingreso. En consecuencia, el uso de sujeciones para atarlo a su cama, incluso durante un solo día, no fue estrictamente necesario. La medida podía humillarlo y degradarlo ante sus propios ojos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida contra Bulgaria por el caso de un detenido que fue golpeado y atado a una cama hospitalaria mientras era custodiado por oficiales penitenciarios. Constató una violación al artículo 3 (prohibición del trato degradante / obligación de llevar a cabo una investigación) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al constatar que la investigación llevada a cabo para dilucidar los hechos fue ineficiente.

En 2020, el demandante fue arrestado por insultar a varios policías durante una manifestación contra el gobierno, detención que fue fotografiada y difundida en los medios. Fue retenido en una comisaría por 24 horas y examinado por un médico de urgencias. Al día siguiente, fue nuevamente examinado y trasladado a un hospital, donde permaneció bajo custodia policial desde el 11 hasta el 13 de julio. El 14 de julio fue dado de alta, tras un examen médico que registró diversas lesiones en su cuerpo.

Posteriormente, el hombre presentó una denuncia contra personas no identificadas, alegando haber sido golpeado, arrastrado y atado durante su detención y hospitalización. La fiscalía archivó la denuncia por falta de pruebas y una investigación disciplinaria interna concluyó que no se cometieron faltas. Paralelamente, se inició un procedimiento penal contra él por alteración del orden público, del cual resultó condenado, accediendo a cumplir un régimen de libertad condicional por un año. Posteriormente, demandó al Estado ante el TEDH.

En su análisis de fondo, el Tribunal observa que, “(…) tras la comunicación de la demanda al Gobierno búlgaro, las autoridades consideraron ineficaz la investigación preliminar de 2020 y el 1 de septiembre de 2022 abrieron una nueva investigación penal sobre las acusaciones de violencia policial formuladas por el demandante. Esta nueva investigación constituía una reparación adecuada y suficiente a nivel interno, por lo que el demandante había perdido su condición de víctima respecto a la denuncia sobre la falta de una investigación efectiva. Además, la investigación penal de 2022 permitió a las autoridades recopilar toda la información necesaria y esclarecer las circunstancias del arresto, traslado y detención del demandante”.

Agrega que, “(…) en particular, se estableció que el demandante había consumido alcohol el 10 de julio de 2020, y que había estado involucrado en un altercado con manifestantes no identificados poco antes de insultar y agredir físicamente a los policías en el cruce. Estos usaron una fuerza necesaria y proporcional para inmovilizarlo, esposarlo y trasladarlo a la comisaría. Mientras era fichado, intentó levantarse de la silla, tropezó y se golpeó la cabeza contra el suelo. Fue hospitalizado por recomendación de los médicos de urgencias y se le diagnosticó una conmoción cerebral. Las autoridades concluyeron que no había sido maltratado por los agentes. Los hechos así establecidos eran razonables y estaban respaldados por un conjunto amplio y coherente de pruebas recopiladas en una investigación penal exhaustiva”.

Comprueba que, “(…) no existía ninguna indicación en el expediente de que el demandante hubiese actuado de forma agresiva hacia los agentes o el personal médico, ni que hubiese intentado autolesionarse. En cuanto al riesgo de fuga, no había evidencia de que hubiese intentado abandonar el hospital tras su ingreso el 11 de julio de 2020. Además, estuvo constantemente vigilado por dos agentes, lo que era suficiente para evitar cualquier riesgo hipotético de fuga. En consecuencia, el uso de sujeciones para atarlo a su cama, incluso durante un solo día, no fue estrictamente necesario. La medida podía humillarlo y degradarlo ante sus propios ojos. Además, su madre lo visitó mientras seguía atado, intensificando el impacto psicológico”.

El Tribunal concluye que, “(…) las autoridades responsables de la investigación preliminar no intentaron sinceramente esclarecer las circunstancias de su inmovilización en el hospital. En cuanto a la investigación penal abierta en 2022, esta se centró únicamente en las acciones de los agentes durante el arresto y la detención en comisaría. No se incluyeron las acciones de los agentes penitenciarios que lo ataron a la cama el 12 de julio de 2020. Aunque el investigador solicitó y obtuvo documentos que confirmaban que el demandante había sido atado, esta información no fue tomada en cuenta por el fiscal ni los tribunales que revisaron los recursos del demandante. Por lo tanto, las autoridades no cumplieron su obligación de llevar a cabo una investigación efectiva sobre su denuncia de trato degradante”.

Al tenor de lo expuesto, el Tribunal ordenó a Bulgaria pagar al demandante 6.500 euros por daño moral y 3.510,73 euros por costas y gastos.

Vea sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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