La Corte Suprema acogió un recurso de amparo a favor de una imputada con un hijo de siete meses, ordenando su arresto domiciliario total y arraigo nacional en lugar de la prisión preventiva.
La decisión, tomada en fallo dividido por el máximo Tribunal, revoca la sentencia previa de la Corte de Apelaciones de San Miguel.
El fallo destaca la importancia de proteger el vínculo entre la madre y su hijo lactante, señalando que: «la amparada permanece actualmente en prisión preventiva en el centro penitenciario, siendo madre de un niño de siete meses de edad, siendo apartada de su hijo debido a su privación de libertad lo que está afectando el apego de ese niño con su madre».
Agrega el fallo que, mantener la medida cautelar en un recinto carcelario podría generar «graves perjuicios para el desarrollo y vida futura de su hijo». En consecuencia, Corte Suprema considera necesario adoptar medidas que cumplan con las convenciones internacionales suscritas por el Estado chileno.
La decisión implica dejar sin efecto la medida de prisión preventiva, sustituirla por privación de libertad total en el domicilio de la imputada e imponer arraigo nacional como medida adicional.
La sentencia fue acordada con los votos en contra de la ministra López y del abogado integrante Ferrada, lo que refleja el debate existente en torno a la ponderación entre las necesidades del proceso penal y los derechos del niño.
El fallo sienta un precedente en la consideración de los derechos de los menores en el contexto de medidas cautelares contra sus progenitores, especialmente, en casos de madres con hijos lactantes.