Diario Constitucional

Amparo constitucional acogido

Corte Suprema prioriza interés superior del niño en caso migratorio

Acoge recurso de amparo y ordena reabrir solicitud de visado para niña venezolana. Reconoce la imposibilidad de la menor de obtener documentos de su país de origen. Aplica una interpretación pro homine y el principio del interés superior del niño

Por Redacción·11 de junio de 2025·2 min de lectura
Imagen: cepaz.org
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La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica y acogió el recurso de amparo en favor de una menor, y le ordenó al Servicio Nacional de Migraciones reabrir el procedimiento de solicitud de visado temporal por razones humanitarias para una niña venezolana.

En favor de la menor se solicitó al Servicio Nacional de Migraciones visado temporal por razones humanitarias, pero se obtuvo como respuesta inmediata de la administración el archivo de la solicitud por no acompañar la documentación correspondiente.

Sin embargo, la menor no cuenta con cédula de identidad de su país de origen ni con pasaporte, por factores enteramente ajenos a su voluntad, así como también se encuentra en la imposibilidad actual de proveerse de tal documentación, habida consideración de la falta de representación consular de su país de origen en Chile.

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