Diario Constitucional

Nulidad penal acogida.

Corte de Apelaciones anula condena por receptación de vehículo

Ordena nuevo juicio por falta de fundamentación de la sentencia. Una sentencia condenatoria no puede sustentarse únicamente en argumentos que pretendan desvirtuar la teoría de la defensa, sino que debe argumentar acerca de cómo se prueban los hechos que sustentan la decisión condenatoria. En este caso acreditar el conocimiento del origen ilícito del vehículo motorizado en delito de receptación

Por Redacción·21 de junio de 2025·4 min de lectura
imagen: autofin.cl
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa ciudad, que condenó al acusado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de $6.717.841.-, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado.

El recurrente alego que se falló con error en la valoración de la prueba, vulnerándose el principio de razón suficiente, así como las máximas de las experiencias, desde que los sentenciadores concluyeron que el imputado conocía el origen ilícito del vehículo solo por tenerlo en su poder, pese a que existía prueba documental —como certificados de anotaciones vigentes y permiso de circulación— que demostraban que a la fecha de la detención no existía encargo por robo y testimonios que explicaban su legítima procedencia desde el taller mecánico de su padre. En efecto, el encargo por robo fue posterior a la detención del acusado.

Aduce que, el tribunal no justificó adecuadamente cómo se acreditó el dolo del imputado, omitiendo pronunciarse sobre aspectos relevantes de la prueba rendida, y que, de haberse razonado conforme a las reglas de la lógica y la sana crítica, su representado debió ser absuelto.

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