Caso enviado a Contraloría
Consejo para la Transparencia: “Los WhatsApp de funcionarios públicos son privados bajo la Ley de Transparencia”
El CPLT desestimó entregar mensajes de WhatsApp entre funcionarios municipales por considerarlos comunicaciones privadas, pero advirtió que las instrucciones oficiales no deben darse por canales informales. El caso fue remitido a la Contraloría para evaluar la legalidad del actuar del municipio.

El Consejo para la Transparencia (CPLT) rechazó un requerimiento interpuesto contra la Municipalidad de Pichilemu en que se solicitaba acceder a mensajes de WhatsApp enviados entre el alcalde o directivos municipales y funcionarios de dicha municipalidad en el marco de fiscalizaciones al comercio local.
Si bien la decisión, adoptada por mayoría, consideró que tales mensajes se encuentran protegidos por el derecho a la vida privada y la inviolabilidad de las comunicaciones privadas —según lo establece la Constitución, la ley y los tratados internacionales ratificados por Chile—, el Consejo manifestó su preocupación institucional por el uso de esta vía para impartir instrucciones o directrices oficiales.
El órgano que supervigila la aplicación de la Ley de Transparencia en el país advirtió en su resolución que, conforme a lo sostenido por la Contraloría General de la República (CGR) en sus dictámenes, las instrucciones y directrices no deben impartirse por plataformas de mensajería privada, ya que las laborales de fiscalización siempre deben plasmarse por vías formales, trazables y accesibles por la ciudadanía, tales como oficios, memorándum, resoluciones, informes, entre otros.
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