Recurso de amparo acogido
Corte Suprema ordena citar a audiencia para debatir prescripción en caso de falsificación y estafa
Los delitos imputados tienen un plazo de prescripción de cinco años. Según el artículo 233 del Código Procesal Penal, solo la formalización suspende la prescripción de la acción penal. Ni la petición de formalización ni la querella criminal suspenden el plazo de prescripción.

La Corte Suprema revocó una sentencia previa dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de un imputado y ordenó al 7° Juzgado de Garantía de la capital que convoque a una audiencia para debatir la posible prescripción de la acción penal en un caso de falsificación, estafa y otros delitos.
El caso se remonta al 3 de junio de 2019, cuando habrían ocurrido los hechos presuntamente constitutivos de delito. Sin embargo, la querella no fue presentada hasta el 11 de noviembre de 2022, y hasta la fecha, el acusado no ha sido formalizado.
Los delitos en cuestión, que incluyen falsificación y uso malicioso de instrumento público, estafa residual, asociación ilícita y otorgamiento de contrato simulado, están clasificados como simples delitos y están sujetos a un plazo de prescripción de cinco años.
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