Acción de protección acogida
Corte Suprema anula traslado irregular de funcionario del IPS
La Corte de Temuco resolvió que el Instituto de Previsión Social actuó de forma ilegal y arbitraria al trasladar a un funcionario sin dictar resolución fundada ni motivar la medida, afectando sus derechos fundamentales y ordena restablecer la situación anterior.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección interpuesto contra el Instituto de Previsión Social (IPS) y declaró ilegal y arbitrario el traslado de un funcionario a otra localidad sin que existiera un acto administrativo debidamente fundado que lo justificara.
El conflicto se originó tras la instrucción de un sumario administrativo contra el funcionario por denuncias de maltrato y acoso laboral, que concluyó con sanciones legales consistentes en suspensión temporal y anotación de demérito.
El recurrente alegó que su traslado desde la sucursal del IPS en Temuco a la oficina de Loncoche se dispuso sin que existiera un acto administrativo formal que lo ordenara, ni fundamentos de hecho ni de derecho que justificaran la medida. Sostuvo que dicha destinación fue una sanción encubierta derivada de un sumario administrativo ya concluido, constituyendo así un castigo adicional no contemplado en la ley. Añadió que la medida afectaba gravemente su estabilidad laboral, su salud mental —ya comprometida por el procedimiento disciplinario previo— y sus condiciones materiales, al implicar la pérdida de beneficios asociados a su cargo original, como la casa fiscal y el nivel jerárquico alcanzado por concurso público.
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