Dictamen
Contraloría: Delegación Presidencial del Biobío puede coordinar y solicitar apoyo de servicios públicos tras derrumbe en Chiguayante
El Dictamen precisa que la Delegación Presidencial Regional puede solicitar colaboración de otros servicios públicos y contratar personal externo para ejecutar obras y restablecer la conectividad vial, en concordancia con los principios de servicialidad y coordinación del Estado durante la vigencia de la declaratoria de catástrofe.

La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° E137630N25, aclaró que la Delegación Presidencial Regional del Biobío está facultada para solicitar la colaboración de otros entes públicos con el fin de enfrentar las consecuencias de una catástrofe, en línea con los principios de servicialidad y coordinación del Estado.
El pronunciamiento responde a una consulta de la Delegación Presidencial Regional del Biobío, que requirió determinar si podía solicitar apoyo técnico de la Dirección Regional de Vialidad y de otros organismos públicos para elaborar bases técnicas de licitación y ejecutar obras necesarias tras un derrumbe que afectó la conectividad vial en la comuna de Chiguayante, como consecuencia de un sistema frontal que impactó la región.
En su fundamentación, la Contraloría recordó que la Ley N° 19.175 establece que el Delegado Presidencial Regional es representante directo del Presidente de la República en la región y le otorga atribuciones para coordinar, supervisar y fiscalizar los servicios públicos que dependan de ministerios, así como para adoptar medidas necesarias para prevenir o enfrentar emergencias y catástrofes. A ello se suman las disposiciones del DFL N° 22 de 1959, que facultan a las autoridades regionales a requerir atención inmediata de los jefes de servicios sujetos a su fiscalización, quienes pueden representar por escrito la ilegalidad o inconveniencia de la orden, debiendo darle cumplimiento si la autoridad insiste.
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