Ley Nº21.760
Nueva ley de adopción; entrada en vigencia diferida
Ley entrará en vigencia transcurrido tres meses desde que el reglamento y todas las actualizaciones reglamentarias señaladas en el artículo segundo transitorio se publiquen en el Diario Oficial, y haya transcurrido un mes desde el término del período de acreditación al que alude el artículo cuarto transitorio, en conformidad a su artículo primero transitorio

La ley Nº21.760, establece un nuevo marco jurídico para la adopción en Chile, derogando la Ley Nº 19.620. Su objetivo principal es garantizar el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir en familia, cualquiera sea su composición, priorizando siempre su interés superior.
La adopción se define como una institución de orden público, irrevocable, que confiere al adoptado el estado civil de hijo o hija respecto de los adoptantes.
Se establece que la declaración de adoptabilidad es subsidiaria y solo procede cuando no es posible asegurar el desarrollo integral del niño en su familia de origen.
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