Municipalidades
Contraloría determina improcedencia de contratar vigilantes privados para labores de seguridad pública comunal
El órgano contralor determinó que la función de los vigilantes privados está restringida a recintos o áreas determinadas, sin posibilidad de extenderse a espacios públicos de carácter indeterminado, por lo que su contratación por parte de municipalidades para fines de seguridad comunal resulta improcedente.

La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° E152300N25, estableció que no corresponde que las municipalidades contraten vigilantes privados para desempeñar funciones de seguridad pública a nivel comunal, pues estas solo pueden ejercerse dentro de recintos o áreas determinadas y no en espacios públicos de carácter indeterminado.
El pronunciamiento responde a una consulta de la Municipalidad de Providencia sobre la procedencia de contratar funcionarios municipales o personal privado para labores de seguridad comunal, considerando la normativa vigente en materia de seguridad privada.
En su fundamento jurídico, la Contraloría señaló que:
Temas
Te puede interesar

Condonación fondo solidario
Contraloría: condonación del Fondo Solidario procede aun con pagos atrasados si se cumple continuidad en las cuotas

Dictamen
Contraloría autoriza procedimiento para regularizar rendiciones de cuentas de CORFO en programa de apoyo a la exportación de servicios

Dictamen
Contraloría aclara procedimiento de rendición de cuentas de fondos públicos transferidos a beneficiarios privados

