Actividad se ajusta a derecho
Tribunal argentino rechaza amparo que buscaba suspender evento tradicional de caballos al no acreditarse maltrato animal
Se buscaba suspender una jineteada y doma gauchesca que contaba con autorización municipal. La accionante alegó actos de crueldad contra caballos y reclamó el reconocimiento de los equinos como sujetos de derecho. No obstante, el juez consideró que no se acreditaron hechos concretos de maltrato y subrayó que la actividad se encontraba regulada por la ley provincial, la cual contemplaba controles veterinarios. Además, señaló que el cambio del estatus jurídico de los animales debía determinarse en sede legislativa.

El Juzgado de Oro Verde (Argentina) rechazó la acción de amparo ambiental que una organización animalista interpuso contra la municipalidad local. La accionante buscó sin éxito suspender la habilitación municipal de la “jineteada” y doma gauchesca que debía realizarse en la localidad al estimar que no se acreditó que existiera maltrato hacia los equinos participantes del evento.
Las entidades denunciantes adujeron que estas prácticas tradicionales de sectores rurales implicaban actos de crueldad hacia los caballos. Denunciaronn la violación de derechos constitucionales e invocaron tratados internacionales de protección animal. También sostuvieron que los equinos debían ser considerados como “sujetos de derecho” en el marco del proceso judicial.
Por su parte, el municipio defendió la legalidad del evento, amparado en la Ley Provincial 10.740 sobre “Rescate, Protección y Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana”, que regulaba estas actividades e incluía controles veterinarios. En el proceso se sumó un informe del Colegio de Médicos Veterinarios provincial, que indicó que la normativa preveía resguardos para los animales y que los riesgos detectados solían estar vinculados a incumplimientos puntuales, no a la práctica en sí.
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