Opinión.
Novedades en materia de arbitraje en Argentina, por Franco Masuchi y Marcos Duelo Solá
Recientes fallos judiciales en Argentina redefinen los límites del arbitraje comercial, destacando la necesidad de cláusulas compromisorias claras, la renuncia expresa a la apelación de laudos y los criterios sobre materias no arbitrables. Además, los tribunales precisan que no es obligatorio que todos los árbitros sean abogados, reforzando la autonomía de las partes en la conformación de los tribunales arbitrales.

1. Introducción
En el ámbito del arbitraje en Argentina, se han dictado recientemente algunas decisiones judiciales sobre la apelabilidad de los laudos arbitrales y los límites legales de la arbitrabilidad en razón de la materia. Del análisis de estos fallos se desprende la importancia de la claridad en la redacción de las cláusulas compromisorias y la necesidad de un acuerdo expreso para excluir la apelabilidad de los laudos. Se ha discutido, además, ciertos puntos sobre la condición de abogado para ser árbitro en el arbitraje de derecho, un tema de suma relevancia en controversias de alto contenido técnico no jurídico.
2. Apelabilidad de los laudos: la interpretación restrictiva al carácter “definitivo” de las decisiones arbitrales
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