Libertad sexual
Tribunal español revocó la decisión que absolvió a hombre acusado de agredir sexualmente a su exmujer, al entender que sí existió intención sexual en los hechos
Agresión se enmarca en contexto de celos y falta de autocontrol por la ingesta de alcohol, subrayando la frase “tienes un hombre ahí abajo” y la posterior acción de apartar la colcha y las piernas de la víctima para acceder a su zona genital. Tales hechos “no encajan en una conducta meramente destinada a molestar, ofender o menoscabar la integridad corporal, sino que muestran una clara intención sexual”

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que absolvió de un delito de agresión sexual a un vecino de San Cristóbal de La Laguna y lo condenó únicamente por otros delitos de maltrato.
El órgano de apelación acogió así el recurso del fiscal y ordena a la Sala de instancia dictar una nueva resolución “con plena libertad de criterio”, al discrepar de la valoración jurídica realizada en primera instancia.
El TSJC acepta como probados los hechos recogidos en la sentencia anulada. Según estos, el acusado y la denunciante habían estado casados durante unos 20 años, pero a finales de 2023 cesaron su relación sentimental, aunque continuaban viviendo en la vivienda familiar, él en la planta superior y ella en la inferior, junto a los dos hijos de la pareja, de 13 y 16 años.
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