Diario Constitucional

Casación fondo rechazada

Corte Suprema confirma indemnización por daño emergente y rechaza lucro cesante en juicio de maquinaria industrial

Se rechazó la demanda principal por responsabilidad contractual y la demanda subsidiaria de cumplimiento de contrato, pero se acogió parcialmente la demanda de indemnización del daño emergente, aunque se rechazó el lucro cesante por falta de prueba suficiente.

Por Redacción·26 de febrero de 2026·2 min de lectura
Imagen: Fiscalía Nacional Económica
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La Corte Suprema rechazó, por manifiesta falta de fundamentos, el recurso de casación en el fondo presentado por la demandada contra la sentencia que había rechazado la demanda por incumplimiento de contrato, pero acogido la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, condenando al pago de $121.348.415.- por daño emergente.

El 11° Juzgado Civil de Santiago había rechazado la demanda principal por responsabilidad contractual y la demanda subsidiaria de cumplimiento de contrato, pero sí acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios, condenando a los demandados al pago de $121.348.415.- por daño emergente y $130.012.068.- por lucro cesante, más reajustes e intereses. La demanda reconvencional fue rechazada y los condenados fueron obligados a pagar las costas del juicio.

Frente a esta decisión, la actora apeló, solicitando que se acogiera la demanda principal o subsidiaria contra los demandados, y, subsidiariamente, que se incrementara el pago por daño emergente a $326.419.900.- en contra de los responsables.

Por su parte, los condenados recurrieron de casación en la forma y apelación, cuestionando la procedencia de la condena por daño emergente y lucro cesante, argumentando que la sentencia les generaba un perjuicio que solo podría repararse invalidando la resolución.

La Corte de Santiago rechazó la casación en la forma y, respecto a la apelación, confirmó el rechazo de la demanda por incumplimiento de contrato, mantuvo la condena por daño emergente, pero revocó la indemnización por lucro cesante, considerando que no se había probado la certeza del perjuicio futuro.

En cuanto a la valoración de las pruebas, la Corte destacó que el daño emergente, consistente en la pérdida total de una grúa y su manipulador de neumáticos, fue acreditado mediante informes técnicos de empresas especializadas, un Informe de Liquidación del Siniestro y facturas de adquisición del equipo, documentos que habían sido traducidos y no fueron objetados. Por el contrario, el lucro cesante, correspondiente a ganancias futuras, no pudo ser acreditado de forma suficiente, considerando además el impacto de la pandemia de Covid-19 sobre los ingresos.

La Corte confirmó que la relación contractual entre las partes era efectivamente de prestación de servicios.

Finalmente, en relación con la casación en el fondo, la Corte Suprema señaló que el recurso no explicó de manera clara las supuestas infracciones de ley esenciales para la acción de responsabilidad extracontractual, ni indicó cómo los artículos citados del Código Civil o del Código de Procedimiento Civil habían sido aplicados incorrectamente. Por lo tanto, el máximo tribunal concluyó que el recurso carece de fundamento y no puede ser acogido.

En síntesis, se mantuvo la condena por daño emergente, se rechazó el lucro cesante y se confirmó que la empresa de maquinaria no incumplió sus obligaciones contractuales, mientras que los terceros responsables deben responder solidariamente por los daños ocasionados.

Vea sentencia Corte Suprema Rol N°3.053-2026, Corte de Santiago Rol N°18.715-2022 y del 11° Juzgado Civil de Santiago Rol C-12.579-2020.

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