Reforman paso de militares
Proyecto de reforma constitucional busca impedir paso inmediato de altos oficiales a cargos políticos
Un proyecto de reforma constitucional, patrocinado por los senadores Gastón Saavedra, Juan Luis Castro y Alfonso de Urresti, junto con la senadora Paulina Vodanovic y Danisa Astudillo, propone modificar el artículo 101 de la Constitución Política para establecer un período de inhabilidad de un…

Un proyecto de reforma constitucional, patrocinado por los senadores Gastón Saavedra, Juan Luis Castro y Alfonso de Urresti, junto con la senadora Paulina Vodanovic y Danisa Astudillo, propone modificar el artículo 101 de la Constitución Política para establecer un período de inhabilidad de un año antes de que oficiales generales y superiores de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública puedan ser designados en determinados cargos de exclusiva confianza política tras su retiro o cese de funciones.
La moción recuerda que el artículo 101 de la Carta Fundamental, contenido en el Capítulo XI sobre “Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública”, establece en su inciso tercero que las Fuerzas Armadas y Carabineros, como cuerpos armados, son esencialmente obedientes y no deliberantes. Asimismo, dispone que estas instituciones, junto con la Policía de Investigaciones y Gendarmería, tienen carácter profesional, jerarquizado y disciplinado.
Los autores de la iniciativa también hacen referencia al artículo 57 de la Constitución, que actualmente establece diversas inhabilidades para ser candidato a diputado o senador. Entre ellas se encuentran las que afectan a los comandantes en jefe del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; al General Director de Carabineros; al Director General de la Policía de Investigaciones; al Director Nacional de Gendarmería de Chile, y a los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
La Constitución dispone que esta inhabilidad electoral se aplica a quienes hayan tenido esas calidades o desempeñado esos cargos dentro del año inmediatamente anterior a la elección.
Sobre esa base, la reforma propone incorporar una restricción de similar duración para el tránsito desde altos cargos militares o policiales hacia determinadas funciones de exclusiva confianza política. En concreto, establece un período de un año desde el retiro o cese de funciones antes de que los respectivos oficiales puedan ser designados en esos cargos.
Según sus fundamentos, la medida busca garantizar la imparcialidad de las decisiones adoptadas durante el ejercicio del cargo, resguardar la debida probidad funcionaria y evitar tanto el uso de información privilegiada como la utilización indebida de recursos públicos o la adopción de decisiones que involucren medidas que afecten a la población.
Los parlamentarios sostienen que establecer un período de espera o inhabilidad para asumir funciones en ministerios, subsecretarías o delegaciones presidenciales, o para integrarse a un gabinete político de cualquier administración, permitiría prevenir que las decisiones de instituciones que constitucionalmente son obedientes, no deliberantes, profesionales, jerarquizadas y disciplinadas puedan verse influenciadas por intereses políticos coyunturales.
La iniciativa pretende, de esta manera, establecer una separación entre el ejercicio de las facultades propias de las autoridades militares y policiales y el posterior desempeño de cargos políticos de confianza. Sus autores estiman que con ello se contribuiría a limitar tanto la politización de los altos mandos militares y policiales como una eventual militarización de cargos civiles de confianza política.
El objetivo es impedir el paso inmediato desde una responsabilidad ejercida en instituciones permanentes de la República hacia funciones cuya designación responde a criterios político-partidarios.
En esa línea, los senadores sostienen que la reforma impediría que exoficiales superiores ingresen inmediatamente después de su retiro o renuncia a la actividad política militante o, en los términos empleados en la moción, a la “trinchera política”.
El proyecto agrega que evitar que un oficial en servicio activo pueda visualizar como futuro laboral inmediato un cargo político de confianza —como un ministerio, una subsecretaría o una delegación presidencial— permitiría reducir el riesgo de que alinee las decisiones adoptadas en el ejercicio de su mando con los intereses del gobierno de turno o de un determinado sector político-partidario.
Según la iniciativa, una situación de esa naturaleza podría llevar a que las decisiones se apartaran de los objetivos propios de las necesidades y requerimientos vinculados con la seguridad exterior e interior del país.
Los autores de la moción consideran necesario asegurar que el uso legítimo de la fuerza en materia de seguridad exterior y las estrategias de seguridad interior y de orden público sean gestionados conforme a criterios estrictamente institucionales y de Estado, y no en función de cálculos político-partidistas relacionados con el futuro laboral inmediato del oficial superior encargado de adoptar decisiones en el marco de esas políticas estatales.
Para concretar estos objetivos, el proyecto plantea agregar un nuevo inciso final al artículo 101 de la Constitución Política de la República. La disposición propuesta establece que los oficiales generales y oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública no podrán ser designados como ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales ni secretarios regionales ministeriales sino hasta que haya transcurrido un año desde la fecha de su retiro o cese de funciones.
Vea texto mociónBoletín N°18.580-07 y siga su tramitación aquí.




