Tutela laboral caducada
Corte deja sin indemnización por daño moral a trabajadoras tras declarar caducada denuncia de tutela
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad interpuesto por la Corporación Municipal de Deportes de Independencia y dejó sin efecto la sentencia que la había condenado a pagar $15 millones por daño moral a tres trabajadoras, pese a haber acogido la excepción de caducidad de…

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad interpuesto por la Corporación Municipal de Deportes de Independencia y dejó sin efecto la sentencia que la había condenado a pagar $15 millones por daño moral a tres trabajadoras, pese a haber acogido la excepción de caducidad de la denuncia de tutela laboral. En su lugar, dictó sentencia de reemplazo y rechazó la demanda en todas sus partes, al estimar que la caducidad de la acción impedía conceder una indemnización fundada en los mismos hechos.
Las trabajadoras y otros dos demandantes habían denunciado presuntas vulneraciones de derechos fundamentales en un contexto de hostigamiento laboral que atribuyeron a la dirección de la Corporación Municipal de Deportes de Independencia. Entre los hechos alegados se encontraban restricciones y cambios de funciones, exclusiones de actividades laborales, comentarios despectivos, episodios de humillación y afectaciones a la salud mental, además de conductas que, según la denuncia, habrían deteriorado progresivamente el ambiente de trabajo.
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la excepción de caducidad de la denuncia de tutela, al considerar que el último hecho vulneratorio había ocurrido el 28 de enero de 2025 y que la acción se presentó fuera del plazo legal. Sin embargo, el tribunal condenó a la Corporación a pagar $5.000.000 por daño moral a cada una de las tres demandantes favorecidas, rechazando las demás pretensiones.
Ambas partes recurrieron de nulidad. La Corporación sostuvo, principalmente, que la sentencia había infringido los artículos 485, 487 y 495 N° 3 del Código del Trabajo, al conceder una indemnización por daño moral pese a haber declarado caducada la acción de tutela. Argumentó que dicha reparación no constituía una acción autónoma, sino una medida vinculada a la declaración judicial de vulneración de derechos fundamentales, por lo que no podía subsistir una vez acogida la excepción de caducidad.
Por su parte, los demandantes cuestionaron, entre otros aspectos, la falta de análisis de la relación laboral alegada respecto de dos de ellos, la valoración de la prueba y la aplicación del plazo de caducidad. Sostuvieron que los hechos denunciados correspondían a un patrón continuado de hostigamiento laboral y que la sentencia no había ponderado adecuadamente los antecedentes relativos a las afectaciones sufridas ni a la responsabilidad de la Corporación.
La Corte de Santiago acogió la causal principal del recurso de la demandada, al estimar que existía una contradicción entre declarar caducada la acción de tutela y, al mismo tiempo, conceder una indemnización por daño moral derivada de los mismos hechos. El tribunal sostuvo que, si la acción había sido rechazada por no haberse ejercido dentro del plazo legal, no correspondía reconocer efectos indemnizatorios vinculados a ella.
En ese sentido, concluyó que la sentencia impugnada infringió los artículos 485, 487 y 495 N° 3 del Código del Trabajo, al regular una indemnización por daño moral respecto de una acción de tutela cuya caducidad había sido declarada. Por ello, acogió el recurso de nulidad de la Corporación y estimó innecesario pronunciarse sobre las causales subsidiarias de su recurso. Asimismo, rechazó el recurso interpuesto por los demandantes.
En la sentencia de reemplazo, la Corte de Santiago acogió la excepción de caducidad de la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales y rechazó la demanda en todas sus partes, incluidas las indemnizaciones por daño moral. No condenó en costas, por estimar que los demandantes tuvieron motivo plausible para litigar.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 2.385-2026 y sentencia de reemplazo (Laboral-Cobranza).
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Inadmisible.
Requerimiento que impugnó norma que permite resolver de inmediato la excepción de caducidad, es declarado inadmisible por el Tribunal Constitucional.

