Con voto en contra.
Amparo en favor de imputado en prisión preventiva por haber transcurrido más de dos años del plazo de la investigación desde que fue formalizado, se acoge por la Corte Suprema.
La resolución impugnada deviene en ilegal y amenaza a la libertad del amparado, desde que su privación de libertad se ve necesariamente condicionada por la extensión excesiva de la investigación, más allá del término máximo de dos años.

La Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que rechazó la acción de amparo deducida en contra de la resolución del 12° Juzgado de Garantía de Santiago que accedió a un nuevo aumento del plazo de investigación.
La defensa del amparado expone que el 13 de mayo del presente año, el Juzgado de Garantía amplió en 90 días el plazo de investigación, a pesar de haberse cumplido el plazo de 2 años de acuerdo al artículo 247 del Código Procesal Penal, ya que fue formalizada la investigación con fecha 14 de mayo del 2020.
Agrega que el entorpecimiento del que se hace valer el Ministerio Público de conformidad al artículo 17 del Código Procesal Penal no fue alegado dentro del plazo de 5 días hábiles desde el cese del impedimento.
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