Ley 19.886,
Corte de Antofagasta rechaza recurso de protección presentado por fundación Democracia Viva contra término de convenios suscritos con Seremi de Vivienda y Urbanismo.
La Primera Sala del tribunal de alzada rechazó la acción cautelar tras no haberse acreditado la existencia de un derecho indubitado y al no configurarse un acto ilegal y arbitrario.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado por la fundación Democracia Viva contra las resoluciones emitidas por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Antofagasta que pusieron término a los convenios suscritos entre ambas instituciones.
La resolución afirma que el asunto objeto de este arbitrio cautelar, rebasa los límites y propósitos de la acción propuesta, puesto que supone dirimir si las resoluciones exentas impugnadas aplicaron o no conforme a derecho la sanción consistente en terminar unilateral y anticipadamente los convenios suscritos por las partes, para cuyos fines este procedimiento no es el idóneo, quedando de manifiesto que no existe un derecho indubitado que deba ser resguardado a través de la decisión de este tribunal, toda vez que para acceder a lo solicitado se requiere un pronunciamiento en tal sentido.
En virtud de lo anterior, al no haberse acreditado la existencia de un derecho indubitado y al no configurarse un acto ilegal y arbitrario, corresponde rechazar el recurso.
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