En contra de la resolución del Juzgado de Garantía de la ciudad.
Corte de Arica declara admisible recurso de protección presentado por Fiscalía y dicta orden de no innovar en causa abierta contra integrantes del denominado Clan “Los Gallegos” .
Primera Sala del tribunal de alzada acogió a tramitación la acción constitucional presentada por el ente persecutor en contra de la resolución dictada el 13 de septiembre y dio lugar a la orden de no innovar, por lo que no se entregará a las defensas la información solicitada hasta conocer el fondo de la solicitud.

La Corte de Apelaciones de Arica declaró admisible el recurso de protección presentado por la Fiscalía Regional en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de la ciudad que accedió a entregar a las defensas la identidad de los testigos reservados, agentes encubiertos y víctimas protegidas que figuran en la acusación en el marco de la causa abierta contra integrantes del denominado Clan “Los Gallegos”, uno de los brazos ejecutores del Tren de Aragua que la policía capturó en Chile.
La Primera Sala del tribunal de alzada acogió a tramitación la acción constitucional presentada por el ente persecutor en contra de la resolución dictada el 13 de septiembre y dio lugar a la orden de no innovar, por lo que no se entregará a las defensas la información solicitada hasta conocer el fondo de la solicitud.
“Téngase por interpuesto recurso de protección, se declara admisible. Atendida la relación de los hechos expuestos en el recurso y el acto que se impugna, pídase informe al Juez de Garantía don Héctor Barraza Aguilera, quien deberá evacuarlo en el plazo de cinco días corridos, adjuntando todos los antecedentes que digan relación con el mismo”, sostiene el fallo.
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