Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Corte de Apelaciones de Arica ordena a madre vacunar a hijo menor de edad. Se acoge la acción cautelar presentada por el padre.

El Tribunal de alzada establece que en la especie debe primar el interés superior del niño, evitando exponerlo a enfermedades inmunoprevenibles.

Por Redacción·23 de marzo de 2022·3 min de lectura
Corte de Apelaciones de Arica ordena a madre vacunar a hijo menor de edad. Se acoge la acción cautelar presentada por el padre.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de protección deducido y ordena a la madre de un niño de 8 años cumplir con el plan de vacunación obligatoria y que forma parte del programa de inmunizaciones del Ministerio de Salud.

El fallo señala que la vacunación es obligatoria en contra de las enfermedades respecto de las cuales el recurrente impetra su administración al niño, a excepción de la vacuna contra la enfermedad de Covid-19, sin que sea aplicable lo previsto en el artículo 14 de la Ley N°20.584, en atención a lo estatuido en el artículo 15 de la misma ley por riesgo a la salud pública.

La resolución agrega que las decisiones sobre educación, religión y salud de un niño corresponden a sus padres, pero existen casos excepcionales en que la potestad parental intenta imponer propias creencias, poniendo en riesgo la salud del niño, como en este caso, al privar al niño de la inmunidad que el plan de vacunación obligatorio aporta, actuando en contra de su interés superior, cuestión que justifica la intervención del aparato público de salud.

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