Amparo constitucional acogido
Corte de Apelaciones revoca prisión preventiva por falta de fundamentación
Corte de Iquique critica la falta de fundamentación en la resolución original. Presenta razonamientos confusos e ininteligibles, y no aborda adecuadamente los argumentos de la defensa. Enfatiza la importancia del debido proceso y el derecho a conocer los motivos de restricción de libertad. Rechaza las justificaciones posteriores del juez sobre su estado de salud. Estima que con ello se vulneró el derecho a la libertad personal del imputado. Dejó sin efecto la medida cautelar, disponiendo otras menos gravosas.

La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte que decretó la prisión preventiva en contra de un imputado por el delito de receptación de vehículo motorizado.
El recurrente alegó que la resolución impugnada carece de fundamentación suficiente, resultando ilegal y arbitraria, ya que el magistrado no justificó adecuadamente la necesidad de cautela ni abordó los argumentos de la defensa, entre ellos, que el imputado no podía conocer el origen ilícito del vehículo involucrado, dado que no figuraba con encargo por robo en el certificado de anotaciones vigentes del Registro Civil, único registro público accesible; además, el vehículo fue adquirido en mal estado y con fines de reparación, descartando el dolo exigido por el tipo penal de receptación.
Aduce que, la resolución judicial omitió considerar antecedentes personales como el arraigo social, familiar y laboral del imputado, y no motivó por qué se descartaban medidas menos gravosas. Por ello, solicitó revocar la prisión preventiva y aplicar alguna de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal o las que la Corte estimara adecuadas.
Te puede interesar

Amparo constitucional acogido
Corte de Apelaciones revoca orden de abandono del país a ciudadana Argentina

Corte Suprema
Fallo confirmado: municipio debe dar solución a bloqueo de acceso a condominio por feria libre en Maipú

Corte Suprema
Cerrar camino con zanja constituye autotutela prohibida: se confirma sentencia que ordena restituir acceso

