Diario Constitucional

Recurso amparo acogido.

Corte de Arica ordena retorno de reo al Centro de Cumplimiento de la ciudad tras traslado ilegal.

A pesar de que recluso es altamente peligroso y ha agredido con arma blanca y haya amenazado de muerte a funcionarios de Gendarmería no se puede trasladar sin autorización judicial. Aunque el artículo 150 del Código Procesal Penal no exige expresamente autorización judicial para el traslado de imputados, esta debe entenderse necesaria conforme al artículo 6 N°13 del Decreto Ley 2.859. Dicha norma obliga a Gendarmería a recabar autorización del juez competente cuando el traslado implique salir del territorio jurisdiccional del tribunal.

Por Redacción·05 de junio de 2025·3 min de lectura
Colegio de Abogados
Referencial

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de Gendarmería por trasladar a un imputado desde el Centro Penitenciario de Arica al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Antofagasta sin autorización del Juzgado de Garantía de Arica.

La recurrente alegó que el traslado al CCP de Antofagasta fue ejecutado por Gendarmería sin contar con la autorización previa del Juzgado de Garantía competente, infringiendo lo dispuesto en el artículo 150 del Código Procesal Penal, el numeral 12 del artículo 6° de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y el artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios.

Aduce que, aunque Gendarmería había solicitado tal autorización por razones de seguridad institucional y personal del imputado, el tribunal había diferido su pronunciamiento para una audiencia fijada para el 10 de junio de 2025, por lo que la ejecutoria del traslado previo a esa fecha, sin autorización judicial expresa o tácita, constituye una actuación ilegal que vulnera la garantía constitucional de la libertad personal y seguridad individual del interno.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.