En fallo unánime.
Corte de Chillán rechazó protección contra Diario El Sur que publicó noticia sobre sumario por acoso sexual.
El recurrente alegó la vulneración de su honra, imagen y vida privada.

En fallo unánime, la Corte de Chillán rechazó el recurso de protección presentado por un particular en contra del Diario El Sur S.A., por publicaciones efectuadas sobre un sumario por acoso sexual iniciado contra el recurrente.
La sentencia expone que el artículo 19, N°12, inciso 1° de la Constitución Política dispone: "La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley, la que deberá ser de quórum calificado".
En el mismo sentido a nivel legal el artículo 1° de la Ley N° 19.733 arguye: "La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, constituyen un derecho fundamental de todas las personas. Su ejercicio incluye no ser perseguido ni discriminado a causa de las propias opiniones, buscar y recibir informaciones, y difundirlas por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan, en conformidad a la ley". Por su parte el artículo 30 inciso final de la misma ley establece: "Se considerarán como pertinentes a la esfera privada de las personas los hechos relativos a su vida sexual, conyugal, familiar o doméstica, salvo que ellos fueren constitutivos de delito".
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