Diario Constitucional

Humedal la Señoraza.

Corte de Concepción acoge reposición y decreta ONI que ordena la paralización de obras ejecutadas sobre humedal.

Municipalidad de Laja entregó terreno a empresa para la construcción de una costanera que afectaría humedal protegido.

Por Redacción·20 de junio de 2020·3 min de lectura
Corte de Concepción acoge reposición y decreta ONI que ordena la paralización de obras ejecutadas sobre humedal.
Referencial

En forma unánime, Corte de Apelaciones de Apelaciones de Concepción acogió reposición interpuesta sobre resolución que rechazó orden de no innovar, decretando la ONI y paralizando las obras del Proyecto “Construcción de Costanera Sur de la Laguna Señoraza- Laja”.

Los recurrentes son varios vecinos y agrupaciones de protección del medio ambiente de la ciudad de Laja, los que señalan en el recurso que Laguna La Señoraza es el más importante cuerpo de agua urbano de la ciudad, por ser fuente de biodiversidad de flora y fauna silvestre y, por ser, el pilar fundamental para el asentamiento de la comunidad humana a su alrededor, entre otras características funcionales. En su lado sur, la laguna se presenta hacia la orilla con un “humedal”, que es una extensión particularmente definida y protegida legalmente por su gran importancia en el “tratamiento natural” del agua, ya que funciona como un filtro original de ese elemento. El 15 de Mayo del 2020, la Municipalidad de Laja emitió un Acta de Entrega de Terreno a favor de la Constructora Manque Limitada y mediante la cual efectúo la entrega del terreno del lado sur, donde se ejecuta el proyecto “Construcción de la Costanera Sur Laguna Señoraza-Laja”.

Indican que dicho proyecto de construcción se está ejecutando actualmente sin que haya sido sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y sin efectuar la respectiva Consulta Indígena, infringiendo la Constitución Política de la República en sus artículos 6°,7º y 19 Nº 1 y 8 en relación y concordancia con la Ley Nº 19.300, con el Decreto Nº40, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, con la Ley Nº 21.202 de protección de Humedales Urbanos, con la Ley General de Urbanismo y Construcciones y, además, con el Convenio Nº169 sobre pueblos indígenas de la Organización Internacional del Trabajo.

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