Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Corte de Concepción anula expulsión de club de fútbol amateur de campeonato rural por los desmanes que protagonizaron hinchas y jugadores durante la disputa de un partido.

El Tribunal de alzada ordenó la realización de un nuevo proceso sancionatorio, tras establecer el actuar arbitrario e ilegal de la asociación recurrida.

Por Redacción·19 de octubre de 2022·3 min de lectura
Imagen: The Clinic
Referencial

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección deducido en contra de la Asociación de Fútbol Amateur Comunal Liga de Yumbel y deja sin efecto la resolución del organismo que dispuso la expulsión del campeonato del club recurrente por los desmanes que protagonizaron hinchas y jugadores durante la disputa de un partido.

El fallo señala que, del análisis de los datos recogidos en el presente proceso, que surgen del recurso e informe de la recurrida, así como de los documentos incorporados, se concluye por esta Corte, que la decisión de imponer la referida sanción al club deportivo recurrente, constituye una determinación arbitraria, atendido que en su generación se ha descuidado un proceder de manera justa y racional, vale decir, por medio de un debido proceso, tanto en lo relativo a la dictación de la determinación final, como en cuanto a la indagación que le precedió, en la cual no se respetaron las prescripciones del propio Reglamento ANDABA, al cual se debía someter la investigación del hecho ocurrido en el encuentro de fútbol de 19 de junio de 2022, que dio origen a la sanción.

La resolución agrega que, el procedimiento que se llevó a cabo en contra del club Los Alcones (sic), fue contrario a las reglas del propio reglamento al cual debía someterse para la aplicación de la sanción, habida consideración que era necesario conducirla de acuerdo a ciertas reglas mínimas de procedimiento donde se respete una etapa de investigación y discusión, otra de prueba y finalmente la de decisión, de un modo que permita a los involucrados formular sus descargos, presentar pruebas en apoyo de su defensa, y finalmente una decisión del órgano competente, por medio de una resolución escrita y debidamente fundada, vale decir, con la indicación de las razones que llevan a tomar una u otra resolución, única forma que permite un real mecanismo de impugnación (apelación).

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