Recurso de protección acogido por Corte de la Serena.
MINEDUC debe otorgar los certificados de estudios y licencias de enseñanza básica a alumnos a pesar de que colegio no contaba con el reconocimiento del Ministerio a la fecha en que los cursaron.
Se estableció el actuar ilegal y arbitrario del MINEDUC al exigir que estudiantes debían convalidar los cursos a través de exámenes libres. Entiende la Corte que existió justa causa de error y que se ha actuado de buena fe, tanto más si el colegio subió la información académica al sistema SIGE, aun cuando haya sido en forma indebida.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por apoderados de alumnos de séptimo, octavo y primero medio que cursaron dichos grados en el colegio Montahue de la ciudad, entre 2020 y 2022, sin tener conocimiento de que el establecimiento educacional no contaba con el reconocimiento oficial del Ministerio de Educación, y le ordenó a la cartera validar los certificados de estudios, tal como aparecen publicados en el portal web ministerial.
El fallo deja establecido que la actuación ilegal y arbitraria que se imputa a los recurridos proviene de la circunstancia de exigir el Ministerio de Educación a los alumnos en favor de quienes se acciona, la rendición de exámenes libres para la validación y aprobación de sus cursos.
También puntualiza la Corte, que el colegio solicitó el reconocimiento oficial para impartir enseñanza en los niveles correspondientes a 7º y 8º básico, pero su petición fue desestimada por no contar con salas de clases autorizadas al no haber acompañado la recepción definitiva de las obras y acreditar que se verificó la visita técnica de rigor.
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