Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge recurso de protección contra ANID por dictar término anticipado de su relación a contrata con una funcionaria.

La decisión de no renovar una contrata vulnera el principio de confianza legítima de los funcionarios, ya que albergan la justa expectativa de ser recontratados el año siguiente cuando se hayan producido renovaciones sucesivas mayores a dos años.

Por Redacción·16 de febrero de 2021·2 min de lectura
El abandono de la acción penal solo sanciona la inasistencia del querellante a la audiencia de juicio oral, no la incomparecencia de la audiencia de preparación, no siendo aplicable por analogía.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección contra la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID) por dictar el término anticipado de la relación a contrata con una funcionaria.

El conflicto surge en agosto de 2020, luego que la ANID comunicara a la actora la decisión de poner término anticipado a su contrata, argumentando que su comportamiento no se ajusta a las necesidades del organismo y que no a mantenido un nivel de desempeño acorde a su cargo.

La funcionaria accionó de protección, acusando que el actuar de la recurrida es ilegal, ya que los argumentos que justifican el término anticipado de su contrata son carentes de veracidad, inconsistentes y arbitrarios, por lo que el acto carece de fundamento y vulnera el principio de confianza legítima. A su vez, estimó que el término de su contrata responde a una represalia por parte del Servicio, en respuesta a una denuncia de acoso laboral que realizó en contra de la Directora Nacional de la ANID y la Subsecretaria de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

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