Autotutela.
Corte de Santiago acogió protección contra Banco Estado por descontar desde chequera electrónica obligación dineraria adeudada.
El recurrente aduce que el acto ilegal y arbitrario del que tuvo conocimiento el 16 de agosto pasado, vulnera las garantías previstas en los numerales 20 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción de protección deducida por un suboficial de Carabineros de Chile, en contra del Banco del Estado de Chile, por descontarse de su chequera electrónica la suma de $606.373, correspondiente a sus remuneraciones.
El recurrente aduce que el acto ilegal y arbitrario del que tuvo conocimiento el 16 de agosto pasado, vulnera las garantías previstas en los numerales 20 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política, ya que le impediría usar, gozar y disponer libremente de sus remuneraciones.
En su sentencia, aclara que la recurrente reclama vulnerado su derecho de propiedad sobre las remuneraciones descontadas de la chequera electrónica que mantenía en el Banco del Estado, sin que ésta entidad tuviera la facultad para proceder al cargo. Añade, que la recurrida justifica su actuar, en un crédito impago desde el año 2013 y al existir dineros disponibles en la chequera electrónica procedió al cargo, dando cuenta que -además- ya ha iniciado la acción de cobro ejecutivo de la obligación dineraria adeudada.
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