Cumple con requisitos.
Corte de Santiago acogió protección contra Registro Civil que negó beneficio de omisión de antecedentes penales.
Concluye la sentencia manifestando que la negativa de la recurrida constituye un acto arbitrario.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción de protección deducida en contra del Servicio de Registro Civil, Sub departamento Filiación Penal, oficina de Santiago, por negar el beneficio de omisión de antecedentes penales en causa del 8º Juzgado de Garantía de la misma ciudad.
El recurrente expone que el 27 de febrero de 2015 fue condenado en la referida causa a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales y multa, como autor de delitos reiterados de fraudes tributarios. Agrega, que la sentencia reconoció́ las circunstancias atenuantes de responsabilidad penal previstas en el numeral 6° y 9° del artículo 11 del Código Penal, sustituyendo la pena impuesta conforme el artículo 15 y 15 bis de la Ley N° 18.216, modificada por la Ley N° 20.603, por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva.
Asimismo, indica que por exigencia de la empresa Uber, a la cual debía inscribirse a fin de desarrollar sus labores de conductor de vehículo, según contrato que tenía previamente acordado con la empresa indicada; para lo cual solicitó la omisión de la sentencia antes referida, solamente para fines particulares o laborales, petición que fue rechazada, por el único argumento que la condena anterior que registraba en causa del año 1999 – 1995 del 17 juzgado del Crimen de esta ciudad, no fue objeto de algún beneficio de la Ley N° 18. 216, pese haber sido omitida para fines especiales y particulares por el propio Servicio de Registro Civil con anterioridad.
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