Trato discriminatorio.
Corte de Santiago acogió protección en favor de condenado contra Tribunal de Conducta.
El recurrente aduce que se vulneró el numeral dos y siete del artículo 19 de la Carta Fundamental.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción de protección deducida por un condenado de C.D.P. Santiago Sur, en contra la decisión del tribunal de conducta de ese recinto carcelario, que lo incluyó en la lista 2 para su postulación al beneficio de la libertad condicional, debiendo hacerlo en lista 1.
El recurrente aduce que se vulneró el numeral dos y siete del artículo 19 de la Carta Fundamental, debido a que cumple con todos los requisitos señalados por la ley y además posee un antecedente calificado ya que tiene conducta “sobresaliente”, según lo establece el artículo 5° de la ley 19.856, por lo que debió ser postulado en lista 1, pero el Tribunal de Conducta no lo hizo así dando como razón para ello que no tenía beneficios intra penitenciarios, exigencia que no está contenida en la normativa legal que invoca.
En su sentencia, se expone que queda de manifiesto el motivo que llevó a incluir al recurrente en la lista 2, fue la pericia psicológica a que fue sometido y que reveló rasgos que, habría que concluir, serían incompatibles con el beneficio al que postula. Agrega que, se trata de un antecedente que la ley no considera y que no puede asimilarse a una conducta reprochable en el cumplimiento de la sanción impuesta, que el interno no conoció y, por lo tanto, no estuvo en condiciones de rebatir, surgiendo así un primer motivo para estimar que se trata de una conducta arbitraria de la autoridad recurrida.
Te puede interesar

Igualdad ante la ley.
Corte de Rancagua acogió protección deducida contra asociación gremial de Corredores de Propiedades

En Lonquimay.
CS acoge protección y ordena a municipio asegurar educación de alumna acosada por profesora.

En forma unánime.
CS revoca sentencia y rechaza protección contra Universidad que habría exigido experiencia laboral para rendir examen de grado.

