Diario Constitucional

En decisión unánime.

Corte de Santiago declara admisible recurso de protección deducido por organizaciones por los derechos lingüísticos de pueblos originarios.

Acusan que el Decreto N°97 del Ministerio de Educación fue dictado omitiendo lo acordado en los procedimientos de consulta indígena que se practicaron durante su tramitación.

Por Redacción·22 de marzo de 2021·2 min de lectura
Corte de Santiago declara admisible recurso de protección deducido por organizaciones por los derechos lingüísticos de pueblos originarios.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección presentado por organizaciones por los derechos lingüísticos de los pueblos originarios en contra del Presidente de la República, el Ministerio de Educación y la Contraloría General de la Republica por modificar arbitrariamente el Decreto N°97 del Ministerio de Educación, que “Establece bases curriculares de la asignatura de lengua y cultura de los pueblos originarios ancestrales, para los cursos de 1º a 6º año de educación básica.”

Los actores exponen que el Decreto impugnado fue dictado en virtud de la obligación que tienen los establecimientos educacionales con alto porcentaje de alumnos indígenas de desarrollar procesos de aprendizaje que permitan a los estudiantes mantener su dominio de la lengua indígena, en conformidad a los artículos 28 y siguientes de la Ley General de Educación. Durante la tramitación del Decreto se realizaron procedimientos de consulta indígena, en donde se establecieron acuerdos en torno a su contenido, pero solo fue publicada una de las actas de diálogo en donde no se exponen todos los asuntos debatidos en dichos encuentros.

Señalan que al ser publicado el Decreto en el Diario Oficial se enteraron de múltiples innovaciones normativas de las que no habían sido informados que fueron incorporadas por la Contraloría en el procedimiento de toma de razón, como la disposición que establece que la implementación de la asignatura de “lengua indígena” es voluntaria en los establecimientos con menos de un 20% de estudiantes con ascendencia indígena, siendo que en las consultas se había llegado al consenso que serían asignaturas “optativas” para los estudiantes.

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