Conforme a derecho.
Corte de Santiago rechaza amparo por orden de arresto nocturno.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el arbitrio constitucional; decisión confirmada por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo recurso de amparo –por parte de un particular- en contra del Juzgado de Familia de Santiago.
El recurrente expuso en su libelo que recurre en razón de haberse decretado en su contra, arresto nocturno por una deuda de alimentos, agregando que el monto a pagar por concepto de alimentos se encuentra establecido en el equivalente a un 25% del total de los emolumentos percibidos, sean ordinarios y/o extraordinarios.
Y es que, aduce que, a partir de abril de 2015 la alimentaria empezó a solicitar apremios en contra del amparado, sin embargo, en atención a la forma en que se fijó la pensión ha sido necesario oficiar a los empleadores y solicitar copia de sus liquidaciones de remuneraciones, con el objeto de poder realizar una liquidación con toda la información pertinente y fidedigna; ante una nueva solicitud de apremios, se ordenó practicar la liquidación y se instruyó que debía utilizarse como base de cálculo, en el periodo en que no se encuentren disponibles las liquidaciones de sueldo del alimentante, el promedio de remuneración que resulte de la documentación acompañada con fecha 16 de octubre de 2015.
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