Publicaciones ofensivas y denigrantes
Corte de Talca ordena eliminar publicaciones que afectaban la honra de mujer en redes sociales
La Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado por una mujer que denunció la difusión de publicaciones ofensivas y denigrantes en redes sociales por parte del padre de su hija, al considerar que dichas expresiones afectaron gravemente su honra y dignidad.

La Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado por una mujer que denunció la difusión de publicaciones ofensivas y denigrantes en redes sociales por parte del padre de su hija, al considerar que dichas expresiones afectaron gravemente su honra y dignidad.
La recurrente relató que mantuvo una relación con el recurrido, con quien tuvo una hija, y que durante y después de la relación habría sido víctima de agresiones verbales, psicológicas y amenazas. Tras las denuncias efectuadas ante el tribunal de familia, obtuvo medidas cautelares de protección para ella y sus hijos.
Sostuvo que, posteriormente, el recurrido utilizó la cuenta de Instagram de su empresa para publicar una fotografía suya acompañada de expresiones amenazantes, ofensivas y denigrantes. También afirmó haber recibido mensajes privados en los que se le acusaba de “ladrona” y se le amenazaba con continuar exponiéndola públicamente, incluso junto a su familia.
La recurrente alegó que las publicaciones podían configurar calumnias e injurias graves, al atribuirle la comisión de delitos y difundirse mediante redes sociales de alcance público.
Solicitó que el recurrido eliminara de sus redes sociales y de las cuentas de la empresa todas las publicaciones que afectaran su honra, especialmente las realizadas el 21 de septiembre de 2025. También pidió que se le prohibiera efectuar nuevas publicaciones similares y que difundiera disculpas públicas, reconociendo que las afirmaciones realizadas eran infundadas y retractándose de ellas, además de solicitar la condena en costas.
El recurrido reconoció ser propietario de Mundo Motos SpA y titular de la cuenta de Instagram @_mundo_motos. Señaló que el 21 de septiembre de 2025 se realizó una única publicación en las historias de la cuenta, que permaneció disponible por 24 horas y actualmente ya no era visible.
Sostuvo que las capturas aportadas por la recurrente correspondían a conversaciones privadas y afirmó que no existían publicaciones vigentes que afectaran su honra. Además, manifestó que se abstendría de realizar futuras publicaciones o comentarios sobre ella, por lo que solicitó rechazar el recurso por haber perdido oportunidad.
La Corte recordó que el recurso de protección permite adoptar medidas urgentes frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que afecten garantías constitucionales. En este caso, constató la existencia de la publicación cuestionada y estimó ilegal utilizar una red social para difundir ante terceros la imagen de la recurrente y acusaciones sobre su conducta, pues el ordenamiento jurídico no admite la autotutela.
El tribunal señaló que la libertad de expresión no es absoluta y encuentra como límite el respeto de otros derechos fundamentales. Consideró que las expresiones difundidas afectaron gravemente la honra y dignidad de la recurrente, quien no tuvo posibilidad de controvertirlas ni contextualizar su imagen.
Por ello, concluyó que las publicaciones no constituían un ejercicio legítimo del derecho a emitir una opinión o efectuar un “descargo”, especialmente porque existían vías judiciales para resolver los conflictos familiares entre las partes.
La Corte de Talca acogió, sin costas, el recurso de protección y ordenó al recurrido eliminar, dentro de tres días, todo contenido escrito o fotográfico publicado en Instagram u otras redes sociales que implique deshonra o descrédito de la recurrente, en caso de que aún permaneciera disponible.
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