Se afecta garantía de igualdad ante la ley.
Corte Suprema acogió acción de protección contra establecimiento que negó matrícula a menor que había presentado problemas conductuales.
“no se advierte razón que justifique la determinación de las autoridades del colegio, habida consideración de la calificación académica del educando, del compromiso asumido por los padres, de la circunstancia de encontrarse aquél bajo tratamiento médico -con lo que logró mejorar su conducta y está en vías de obtener nuevos resultados”,

Se dedujo acción de protección en contra de un establecimiento educacional que negó la matrícula a un menor de edad, a quien correspondía cursar el 5° año de enseñanza básica, por problemas conductuales que habría presentado, a pesar del diagnóstica de déficit atencional que éste presente, lo que estaba en conocimiento de la institución educativa, lo que vulneraría su igualdad ante la ley.
Corresponde a la sentencia de la Corte Suprema rol N°1030-2012
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el arbitrio constitucional, pero la Corte Suprema revocó esta decisión y acogió el recurso.
Te puede interesar

Personal docente.
CS rechaza acción de protección contra despido por salud incompatible con el cargo.

Derechos de los condenados.
CS acoge acción de protección por negativa a trasladar a condenado involucrado en una riña

Traslado de paciente.
CS rechaza acción de protección por la cual se demandaba cobertura de urgencias.

