Acceso a la información publica.
CPLT rechaza amparo deducido en contra de la Subsecretaria de Telecomunicaciones.
Se dedujo amparo de acceso a la información pública en contra de la Subsecretaria de Telecomunicaciones (SUBTEL) por cuanto éste se habría negado a entregar copia de la información relativa a los proyectos de televisión digital terrestre -específicamente los resultados del estudio de actualización del Plan de radiodifusión televisado y la duración de las concesiones…

Se dedujo amparo de acceso a la información pública en contra de la Subsecretaria de Telecomunicaciones (SUBTEL) por cuanto éste se habría negado a entregar copia de la información relativa a los proyectos de televisión digital terrestre -específicamente los resultados del estudio de actualización del Plan de radiodifusión televisado y la duración de las concesiones provisorias en televisión digital- ya que estos tienen el carácter de secreta o reservada.
La SUBTEL -en su calidad de requerido- expresó que hizo entrega al solicitante de una copia de un oficio N° 8435-2011, en donde constaba que ante un requerimiento del mismo tenor, se había dado la misma respuesta, es decir, se había denegado la información solicitada ya que la información solicitada fue declarada secreta y/o reservada agregando que se encuentra publicada en el índice de actos secretos y reservados de conformidad a lo establecido en el articulo 23 de la Ley de Transparencia y la Instrucción General N° 3 del CPLT.
En su decisión el CPLT estimó que el estudio respecto al Plan de Radiodifusión Televisiva constituye una “materia estratégica” por lo cual su publicidad, comunicación o conocimiento afectaría el debido cumplimiento de sus funciones debido a que aun es información preliminar que no necesariamente se van a ajustar a la decisión final del órgano competente, agregando que actualmente se encuentra en el Congreso Nacional un proyecto de ley destinado a la introducción de la televisión digital terrestre en Chile (Boletín N° 6190-19).
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