Tercera sala.
CS acoge acción de protección en contra de Banco Estado y ordena restituir dineros descontados a una persona por una supuesta deuda.
Un particular dedujo recurso de protección en contra del Banco Estado que descontó de la Cuenta Rut del actor la suma de $250.000 en circunstancias que aquel nada adeuda al Banco. El recurrente estima conculcada la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el respeto y protección a la vida…

Un particular dedujo recurso de protección en contra del Banco Estado que descontó de la Cuenta Rut del actor la suma de $250.000 en circunstancias que aquel nada adeuda al Banco. El recurrente estima conculcada la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia que le asegura la Constitución.
La institución bancaria sostuvo que la suma descontada obedece a un saldo impago proveniente del uso de la tarjeta de crédito, cifra que se encuentra castigada. Señala, además, que el recurrente autorizó al Banco en virtud del contrato de cuenta vista-cuenta rut a cargar tales saldos en la respectiva cuenta.
La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada y acogió la acción constitucional al considerar que el Banco incurrió en un acto de autotutela ilícita.
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