Con voto en contra.
CS acoge amparo en favor de ciudadano peruano con orden de expulsión del territorio nacional y con arraigo social en el país.
Máximo tribunal señaló que actuación de la intendencia metropolitana vulnera la libertad personal del amparado.

En fallo dividido, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y en su lugar acogió amparo deducido en favor de ciudadano peruano, en contra de orden de la Intendencia Regional Metropolitana por decretar su expulsión del país.
La presentación del recurrente señala que el amparado ingresó a Chile, en el mes de marzo del año 2008, por el paso fronterizo Chacalluta, sin ser controlado por la Policía de Investigaciones, dirigiéndose a la ciudad de Iquique, comprando un pasaje en bus con destino a la ciudad de Santiago, llegando en abril de 2008. Añade que por Resolución Afecta N° 611 de fecha 25 de agosto de 2011, se habría decretado su expulsión del país por infracción a lo previsto en los artículos N° 69 del D.L. N° 1094 de 1975, Ley de Extranjería y N° 146 del Reglamento de Extranjería, indicando además que dicha actuación fue notificada al extranjero con fecha 11 de enero del año 2016, según Acta de Notificación de Policía Internacional.
Agrega el recurrente que, en el mismo decreto se indica que se denunciaron estos hechos a través del respectivo requerimiento y, posteriormente, se presentó desistimiento judicial de la denuncia, aprobando el 7° Juzgado de Garantía de Santiago la facultad de no iniciar la investigación. Agrega en su sentencia la Corte Suprema que, al desistirse de la denuncia la Intendencia impidió que el órgano persecutor pesquisara y verificase los hechos constitutivos del delito de ingreso clandestino del que se le daba noticia.
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