Medidas desproporcionadas.
CS acoge amparos en contra de orden de expulsión de extranjeros.
“al basarse en situaciones que objetivamente carecen de una gravedad y trascendencia compatible con lo disruptivo y gravoso de la expulsión del país, así como por desatender completamente la ponderación de otros antecedentes que resultan relevantes en este tipo de situaciones”.

Se dedujeron dos acciones de amparo constitucional, no acumuladas pero de similar tenor, en favor de extranjeros respecto de quienes se decretó su expulsión del país en virtud de decreto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a pesar de que habrían cumplido las penas privativas de libertad que se les impusieron.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos, pero la Corte Suprema revocó dichas decisiones, acogiendo los amparos interpuestos.
En su sentencia, el máximo Tribunal sostuvo, respecto de uno de los amparados de nacionalidad argentina, que la decisión impugnada no satisface las exigencias de razonabilidad, proporcionalidad y fundamentación propias de una decisión no arbitraria, “al desatender completamente las circunstancias personales y familiares del amparado, persona que tiene una pareja estable y cuatro hijos de nacionalidad chilena, uno de ellos menor de edad”.
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